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Comisionados de Jurado. Preguntas Frecuentes


La Junta de Comisionados esta constituida por seis comisionados de jurado quienes representan a los cuidadanos del Condado de Clayton. Ellos son designados por el Juez Superior de la Corte Superior del Condado de Clayton. Ellos tienen que tomar un juramento que establece que ellos serán administradores fieles de las obligaciones de esta posición, sin discriminación, y que mantendran la confidencia de los procedimientos de la comisión a menos que sean llamados a corte a testificar. Los Comisionados de Jurado sirven un termino de seis años. Los Comisionados de Jurado se reunen por lo menos una vez cada dos años.

Al momento los miembros de la junta son:

  • Virginia R. Hasty
  • Susan Hascall
  • Allie B. McNeal
  • Charles A. Wilson
  • Kelsey L. Hanibal
  • Jacquline D. Wills

Las leyes federales y estatales explican que el propósito de la Comisión de Jurado es para asegurar que los jurados del condado tengan una representación justa de la población actual del condado de acuerdo a raza y sexo. Ellos usan varias fuentes de información como listas de licencias de conducción, listas oficiales de votantes registrados, listas de iglesias, fraternidades y organizaciones sociales, servicios publicos como Electricidad, gas y agua. Los comisionados de jurado toman estas listas y determinan quien es elegible.

Ciudadanos que son electos necesitan ser cuidadanos de los Estados Unidos de America, residentes legales de Clayton County y dieciocho (18) años de edad o más. Personas condenadas por felonías (o por faltas menores relacionados con faltas a la moral) quienes no han sido perdonados o quienes tienen sus derechos civiles restablecidos no son elegibles para prestar el servicios de jurado.

El mejor metodo para determinar quien cumple estos requerimientos es enviando questionarios. Es por esto, que es imperativo que TODA la información requerida en el questionario (formulario) sea provista.

La Comisión de Jurado entiende sus resevas para proveer esta información, las leyes de Georgia requieren que obtengamos información acerca de su raza, sexo, y edad. Toda la información es estrictamente confidencial. Si usted no completa y manda esta información usted sera llamado a presentarse a una auditoria por la Corte Superior del Condado de Clayton para presentar la causa por la cual fallo en hacerlo ante el Juez Superior Matthew O. Simmons.

Por favor llamar a Jacquline D. Wills, Clerk of the Board of Jury Commissioners al (678) 479-5175, de Lunes a Viernes, 8:00 AM - 5:00 PM, si usted tiene alguna pregunta o si requiere ayuda. Para correo electronico, por favor use: jacquline.wills@co.clayton.ga.us

Preguntas frequentes:

  1. Que debo de hacer si me he mudado del Condado de Clayton?

    - Por favor, llene el formulario con su dirección nueva, coloque la fecha, firme el formulario al final y mandelo de inmediato en el sobre incluido.

  2. Que debo de hacer si mi dirección ha cambiado pero todavia vivo en el Condado de Clayton?

    - Por favor llene el formulario con su dirección nueva, coloque la fecha, firme al final y mandelo de inmediato por correo en el sobre incluido.

  3. Que debo de hacer si la persona que debió recibir el formulario ha fallecido?

    - Por favor, escriba la fecha de fallecimiento y su relación con el fallecido en el area indicada del formulario. Llene la última sección con la fecha vigente y firme su nombre y mandelo de inmediato en el sobre incluido.

  4. Que debo de hacer si la persona que debió recibir el formulario esta en el ejercito, en la universidad o salio fuera del estado o del pais for alguna razon?

    - Por favor, hagale llegar el formulario si es posible. Si por alguna razón no lo puede hacer, por favor escriba un explicación breve en el formulario, fecha, y firma, y mandelo de inmediato en el sobre incluido.

  5. Que debo de hacer si la persona a quien estaba dirigido el formulario no vive en esta dirección o no la conozco?

    - Por favor escriba en el formulario "no longer a resident at this address" y mandelo de inmediato en el sobre incluido.

  6. Que debo de hacer si la persona que recibe el formulario tiene 70 años o más y no quiere ser considerado para servir como jurado en el futuro?

    - Por favor llene todo el formulario, firme su nombre en el area indicada y mandelo de inmediato en el sobre incluido.

  7. Que debo de hacer si la persona que recibió el formulario tiene un impedimiento medico el cual no le deja servir como jurado ahoru mismo o en el futuro?

    - Por favor llene un "medical affidavit" y mandelo de inmediato en el sobre incluido.

  8. Cuanto tiempo tengo para llenar el formulario y mandarlo a la Comisión de Jurado?

    - Díez días.

  9. Que debo de hacer si alguna otra persona en mi residencia o alguien que conozco quiere servir como jurado?

    - Aconseje a la persona que nos llame al 678-479-5175 o clickaqui para pedir su formulario por E-mail. Debe de incluir su nombre completo y direccion con su pedido. Si usa una direccion diferente, como P.O. Box, por favor indiquelo en el E-mail.

 

Clerk of Court: Jacquline D. Wills
Harold R. Banke Justice Center
Room, 1CL25 - 9151 Tara Boulevard,
Jonesboro, Georgia 30236-4912
Telephone (770) 477-3395

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